Nuevas medidas para instalaciones industriales que cuentan con equipos de combustión externa, ubicadas en jurisdicción del Área Metropolitana del Valle de Aburrá

El pasado 23 de junio el Área Metropolitana del Valle de Aburrá –AMVA- expidió la Resolución 1371 que dejó sin efectos la Resolución 912 de 2017, no obstante, buena parte de su regulación fue conservada en la nueva norma.

Con esta disposición, la autoridad ambiental fija exigencias adicionales a las establecidas en normas nacionales que aplican a  los procesos industriales generadores de emisiones atmosféricas en hornos y calderas, en instalaciones ubicadas en su jurisdicción. 

Lo que se mantiene

Se mantiene la obligación de contar con una bitácora de operación y mantenimiento para todas las instalaciones industriales que cuentan con equipos de combustión externa, entendidos como hornos y calderas. En esta bitácora se debe incorporar información relativa a los datos generales de la fuente fija, registros de operación, registros de mantenimiento, eficiencia de combustión, entre otros.

También se mantiene la obligación consistente en monitorear parámetros de gases y combustión como (% CO2, % O2, CO (ppm), % Eficiencia de combustión, % Exceso aire, Temperatura de gases C° y Temperatura ambiente C°), de forma trimestral o semestral, dependiendo de la capacidad de los equipos. 

La principal novedad

Entre las nuevas obligaciones establecidas a las fuentes fijas se destaca la definición de Rangos de Valores Esperados –RVE-, bajo métodos de medición de parámetros de combustión recomendados por la autoridad ambiental. Además, se modifica la capacidad mínima de los equipos a partir de la cual se deben monitorear parámetros de gases y combustión.

Vigencia

La entrada en vigencia de esta norma se dio desde el 23 de junio del presente año, fecha en la que fue publicada en la Gaceta Oficial del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, no obstante, se tiene contemplado un régimen de transición que amerita análisis particular respecto de:

  • Las nuevas fuentes fijas que iniciaron trámite para obtención de permiso de emisiones atmosféricas antes de la expedición de la nueva norma.
  • Las nuevas fuentes fijas no obligadas a contar con permiso de emisiones atmosféricas.
  • Las fuentes fijas existentes que cuentan con permiso de emisión vigente.

 

Si necesitas acompañamiento o asesoría en la implementación de esta obligación legal ambiental, contáctanos

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